
Afiliados
¿Cómo debo hacer para incorporar a un miembro del grupo familiar?
En caso de ser los hijos: DNI del
menor junto con el certificado de nacimiento. Si es mayor de 21 y hasta los 25
inclusive deberá presentar certificado de estudio. En el caso de los hijos de
cónyuges, además de la documentación antes mencionada, deberán presentar
certificado de matrimonio o concubinato que demuestre el vínculo con él
titular.
En caso de las parejas: DNI,
certificado de concubinato o matrimonio.
¿Cómo debo hacer para incorporar a mi bebé recién nacido al grupo familiar?
Debe presentar certificado de
nacimiento y constancia de cuil emitida por ANSES en nuestros Centros de Atención.
Quiero saber cuál es mi plan
Accediendo la
credencial digital podés tener información actualizada sobre tu plan.
Cambié de trabajo, ¿Debo informarlo?
Sí, cualquier
cambio en tu relación laboral siempre debe ser informado para evitar
inconvenientes con la cobertura. Se deberá presentar recibo de
sueldo o constancia de alta temprana de AFIP de manera presencial en nuestros Centros de Atención.
Deje de trabajar, ¿Hasta cuándo tengo cobertura?
Tendrás nuestra
cobertura durante 90 días posteriores a la finalización de la relación laboral, siempre
y cuando hayas trabado durante los últimos 3 meses.
Pacientes con enfermedades crónicas y/o prevalentes
¿Porque es necesario el Empadronamiento y habilitación de pacientes con Enfermedades Crónicas y/o Prevalentes para recibir la Medicación con descuento del 70% - según Resolución 310 y Anexas?
Para acceder de manera más ágil y simple a la
cobertura de Medicamentos para enfermedades crónicas prevalentes según la
Resolución N° 310/04 del Ministerio de Salud de la Nación, obteniendo el
descuento en los medicamentos acorde a lo indicado por la Superintendencia de
Servicios de Salud de la Nación, hemos desarrollado el trámite digital que le
evitará tener que concurrir en forma personal a las sedes Vía Sano Salud.
Cuando se solicita por primera vez, el/la
profesional tendrá que conformar y completar el “Formulario de Empadronamiento”
(de acuerdo a su patología*); para luego, junto con toda aquella documentación
clínica que justifique la prescripción médica, sea enviada toda la
documentación escaneada y en formato PDF a:
·
empadronamiento@viasanosalud.com.ar
El afiliado tendrá respuesta del estado de su
trámite dentro de los 15 días hábiles de haber enviado el correo. Una vez
confirmada la recepción y registrado el empadronamiento, dentro de los 10 días
posteriores, podrá adquirir los medicamentos que se encuentren dentro de la
cobertura indicada por la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación.
Se deben tener en cuenta los siguientes criterios:
·
IMPORTANTE: Recuerde
que la o las recetas deberán ser confeccionadas de manera exclusiva para dicha
medicación, no pudiendo compartir la receta con otros medicamentos que tengan
una cobertura distinta. Vale la aclaración, de que las posteriores recetas
tienen que ser prescriptas ajustándose al Vademécum y protocolos vigentes.
·
Si el afiliado ya se encuentra “empadronado”
y su medicación ha cambiado, debe realizar nuevamente el empadronamiento.
·
Es importante aclarar, que cada 6 meses o
dependiendo del tipo de patología y/o ante cambios de medicación, el Afiliado
deberá renovar el empadronamiento, informándose la fecha a cada afiliado y
afiliada de manera oportuna, por el área correspondiente y a través de canales
oficiales.
·
El formulario deberá completarse nuevamente en
aquellos casos en que sea necesario el cambio de tratamiento farmacológico y/o
dosis.
- Descargar y/o Solicitar los formularios según patología:
- PM-FN-020 FORMULARIO 310 - EMPADRONAMIENTO DE CRÓNICOS